viernes, 1 de junio de 2018

De Re Publica XLI. ¡Mariano! presta un último servicio a la Nación ¡¡¡DIMITE!!!

Ave, Mariano:
Nos despertamos hoy con un titular muy repetido en la prensa, pidiéndole al todavía Presidente del Gobierno que dimita, para neutralizar el golpe de mano de la moción de censura frentepopulista, encabezada por Pedro Sanchez, Dr. en Necedad “cum laude”.
Desde estas breves y humildes líneas, quiero sumarme al llamamiento, y por ello te pido encarecidamente, Mariano Rajoy Brey, que dimitas por el bien de España, por el bien de la nación.
Nadie podrá decir con razón que en lo personal has sido afectado por la sentencia del caso Gürtel -o Correa, como a mí me gusta llamar, por ser más propio- ya que ni fuiste imputado ni has podido por tanto ser condenado. Otra cosa es que sin ella no van a dejar de hacerlo, unos y otros, al resultar afectado, según la sentencia -que no es firme- el partido que diriges.
Por ello, si lo piensas detenidamente, aún estás a tiempo de mostrar sabiduría, prudencia y saber hacer en Política, permitiendo que los restantes actores de la farsa parlamentaria y política desempeñen su papel. Haz de la necesidad virtud y habrás triunfado, pasando como el presidente que impidió con su dimisión entregar España a sus enemigos: las hienas que pretenden desgarrarla y despedazarla. Y aunque parezca que no, habrás salido triunfante del embate, manteniendo la posibilidad de ser considerado grande.
Si dimites, activas el mecanismo del artículo 101 de la Constitución. “Artículo 101 1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.”
Al dimitir como Presidente del gobierno y cesar automáticamente el Gobierno, uno y otro permanecen en funciones hasta el nombramiento del nuevo Presidente del Gobierno. Con ello, además, abres el mecanismo del artículo 99 de la Constitución, y este artículo hoy es clave para la recuperación de la dignidad y la estabilidad del Gobierno que todavía presides. Fíjate bien en todo su contenido. Dice así: “Artículo 99
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.”
Fíjate expresamente en este último párrafo que es donde está la clave para poner en marcha la acción que constitucionalmente te ha impedido hacer la presentación de la moción de censura del “Pedrisco Snchz”.
Si lo haces, permitirás a S. M. el Rey, que, haciendo uso de la facultad constitucional que le es otorgada por el artículo 56. 1 de la Constitución, que expresamente dice: Artículo 56 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
En el ejercicio de esa facultad, S. M. el rey, por el bien de España puede proponer los candidatos que considere oportunos, sean o no diputados o senadores, sean o no integrantes de algún partido, para dirigir un gobierno de concentración que saque España del atolladero, ante la situación que magistralmente describe el general Rafael Dávila, al decir que no solo de pan vive el hombre, y España está hambrienta de España”.
En caso de no obtener ningún candidato propuesto por S. M. el Rey, en dos meses serían disueltas por él las cortes Generales, convocándose elecciones generales para la vuelta de las vacaciones.
Les darías tiempo, además, a algunos de los que ahora han apoyado la moción de censura, deslumbrados por las ofertas del candidato Sánchez, para que, reconsiderando su posición, puedan otorgar su confianza a alguno de los candidatos propuestos por S. M. lo que solo es posible con tu dimisión.
Sé valiente y dimite, Mariano. ¡POR ESPAÑA! ¡SÓLO POR ESPAÑA! pero ¡TODO POR ESPAÑA! Nada más. ¡Y NADA MENOS!
Vale.
 
Diego Diego López Ordóñez CaballerCaballero Palmari y Peón Negro.
 
 
  • Izquierda
  • Centro
  • Derecha
Eliminar
haz clic en para añadir un pie de foto